¿Cómo puedo saber si tengo deudas con Hacienda?

¿Cómo puedo saber si tengo deudas con Hacienda?

Consejos para ahorrar

Quizás esta pregunta os la habéis hecho más de uno cuando habéis ido a solicitar financiación al banco u os han embargado una cuenta bancaria ya que una de las causas de esta acción es precisamente la de tener deudas con el fisco.

Ahora bien, ¿cómo podemos averiguarlo? Existen dos vías fundamentalmente:

  • Acudir a la oficina más cercana de la Agencia Tributaria: antes deberás averiguar la sede más cercana que te corresponde y solicitar cita previa para exponer el caso. El funcionario debería poder suministrar en ese momento toda la relación de deudas y poder solicitar su aplazamiento en caso de que fuera necesario, o bien, obtendremos la carta de pago para poder ir a una sucursal bancaria y pagarlo en el momento.
  • Comprobarlo a través de Internet. Para ello, hay que acceder a la sede electrónica de la Agencia Tributaria y en el apartado de “Trámites destacados”seleccionar la opción “Consultar deudas”. Para acceder al servicio hay que disponer del certificado digital para introducir la clave de liquidación, el objeto tributario, el importe total pendiente, el período y la situación actual de la deuda. Desde este medio también podremos obtener la carta de pago y realizar el ingreso mediante tarjeta bancaria en la propia web o con un ingreso en la cuenta bancaria.

Una vez que hemos procedido a abonar la deuda contraída, debemos acudir de nuevo a la Administración Pública pero esta vez para solicitar un certificado de estar al corriente de pago con Hacienda y de que no tenemos ninguna deuda para poder presentarlo ante la entidad financiera que por ejemplo nos rechazó el préstamo.

Ahora bien, ¿qué podemos hacer si no tenemos el dinero suficiente y necesitamos aplazar el pago?

La respuesta es clara, solicitar este trámite que ha servido de gran ayuda a miles de españoles y más con la situación económica que estamos pasando en la que el acceso al crédito y la falta de empleo son los principales protagonistas del mercado financiero y económico. Veamos por lo tanto las características del aplazamiento empezando por ejemplo con el tipo de impuestos que se pueden aplazar.

En principio, casi todos los impuestos y deudas con haciendo se pueden financieras mediante estas operaciones de fraccionamiento y aplazamiento incluyendo liquidaciones trimestrales por IRPF o IVA, anuales o incluso deudas anteriores. Sin embargo, las retenciones de los trabajadores  profesionales no se pueden aplazar. Este punto es conflictivo puesto que son muchas las solicitudes que se están recibiendo para que también se incorporen en determinados casos y entendiendo la situación actual.

Respecto a la declaración anual del IRPF, ésta cuenta con sus propios plazos de pago y sólo admite el fraccionamiento en dos pagos.

¿Cómo se solicita dicho aplazamiento?

Éste se puede realizar prácticamente desde cualquier momento desde que comienza el período voluntario de pago e incluso el período ejecutivo si no se hubiera podido pagar la deuda a tiempo. Esta opción finaliza una vez que se inicia el procedimiento de embargo de bienes en el que sólo queda la alternativa de realizar una negociación especial.

Para pedir el aplazamiento se puede hacer de forma presencial en las oficinas de la Agencia Tributaria o bien mediante su página web a través de una solicitud para cada impuesto en la que se debe especificar el importe de la deuda contraída una propuesta del calendario de pagos. El motivo por el cual se solicita el aplazamiento también debe ser explicado acompañado de las pruebas que corresponda como por ejemplo una factura impagada de otra Administración. También se solicita la documentación que acredite que se va a poder hacer frente a la deuda en un futuro.

Para su concesión, se solicita tener un aval bancario o una garantía hipotecariacuyo importe supere los 30.000 euros o en su defecto un seguro de caución. Eso sí, para importes inferiores a 18.000 euros no será necesario este aval o garantía.

¿Qué plazos existen para pagar la deuda?

La presentación del calendario a Hacienda puede ser aprobada o denegado por lo que en el caso de ser desestimada habrá que plantear un calendario alternativo

En el caso de no hacer frente a los pagos se puede iniciar el procedimiento de apremio que incluye la opción de ejecutar embargos aunque se aplica un recargo de entre el 20 y el 35%.

Por su parte, el coste del aplazamiento de la deuda en sí tiene el interés legal del dinero del año que se encuentre en curso. Si la moratoria se solicita sin garantías, se aplica el interés de demora, que asciende al 5% aplicándose además sobre el total de la deuda que se quiere aplazar.

Ahora que ya conocemos un poco más todos los aspectos necesarios para solicitar el aplazamiento de una deuda, debemos considerar también la opción de la solicitud de un préstamo rápido para saldar esta deuda de forma urgente. Y es que este tipo de productos financieros se obtienen en apenas unos minutos mediante la cumplimentación de un sencillo formulario. Para ello, te recomendamos que consultes con nuestro comparador de CreditsFast que se actualiza diariamente con todas las condiciones de cada uno de los productos financieros y así asegurarte siempre de coger el que se adapte más a tus necesidades económicas y estar al día con Hacienda.