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1 de abril de 2019
Equipo CreditsFast

¿Cómo puedo saber si tengo deudas con Hacienda?

Descubre cómo consultar tus deudas con la Agencia Tributaria, obtener el certificado de estar al corriente y solicitar el aplazamiento si no puedes pagar.

¿Cómo puedo saber si tengo deudas con Hacienda?

Tener deudas pendientes con el fisco puede ser una de las causas por las que un banco rechace una solicitud de financiación o, en casos más graves, embargue una cuenta bancaria. Por eso conviene saber cómo comprobar si existe alguna obligación pendiente y qué pasos seguir para regularizar la situación.

Existen dos vías principales para averiguarlo.


Consultar deudas con Hacienda

Acudir a una oficina de la Agencia Tributaria

La primera opción es visitar la sede de la Agencia Tributaria que te corresponda. Antes de ir, conviene localizar la oficina más cercana y solicitar cita previa para exponer tu caso.

El funcionario debería poder facilitarte en ese momento la relación completa de deudas. Según el caso, podrás solicitar su aplazamiento o recibir la carta de pago para abonar la deuda en una sucursal bancaria.

Comprobarlo a través de Internet

La segunda vía es acceder a la sede electrónica de la Agencia Tributaria y, en el apartado de trámites destacados, seleccionar la opción «Consultar deudas».

Para acceder al servicio necesitas certificado digital o un sistema de identificación válido. Una vez dentro, podrás consultar la clave de liquidación, el objeto tributario, el importe total pendiente, el período y la situación actual de cada deuda. Desde este mismo canal también es posible obtener la carta de pago y realizar el ingreso mediante tarjeta bancaria o transferencia.


Certificado de estar al corriente de pago

Una vez abonada la deuda, debes acudir de nuevo a la Administración Pública para solicitar un certificado de estar al corriente de pago con Hacienda. Este documento acredita que no tienes deudas pendientes y resulta imprescindible si, por ejemplo, una entidad financiera te rechazó un préstamo por este motivo.


¿Qué hacer si no tienes dinero suficiente?

Si no puedes hacer frente al pago de inmediato, puedes solicitar el aplazamiento o fraccionamiento de la deuda. Este trámite ha sido de gran ayuda para miles de españoles, especialmente en contextos de restricción crediticia o dificultad laboral.

¿Qué impuestos se pueden aplazar?

En principio, casi todos los impuestos y deudas con Hacienda pueden financiarse mediante operaciones de fraccionamiento y aplazamiento, incluyendo liquidaciones trimestrales de IRPF o IVA, anuales o incluso deudas anteriores.

Sin embargo, las retenciones de los trabajadores autónomos no se pueden aplazar. Este punto sigue siendo objeto de debate, ya que muchas solicitudes piden que también se incorporen en determinados casos excepcionales.

Respecto a la declaración anual del IRPF, cuenta con sus propios plazos de pago y solo admite el fraccionamiento en dos pagos.

¿Cómo se solicita el aplazamiento?

Puede realizarse prácticamente desde cualquier momento, desde el período voluntario de pago e incluso durante el período ejecutivo si no se hubiera podido pagar a tiempo. Esta opción finaliza una vez que se inicia el procedimiento de embargo de bienes, momento en el que solo queda la alternativa de una negociación especial.

Para solicitarlo puedes acudir presencialmente a las oficinas de la Agencia Tributaria o hacerlo online mediante una solicitud para cada impuesto. Deberás especificar:

  • El importe de la deuda contraída.
  • Una propuesta de calendario de pagos.
  • El motivo del aplazamiento, acompañado de las pruebas correspondientes (por ejemplo, una factura impagada de otra Administración).
  • Documentación que acredite que podrás hacer frente a la deuda en el futuro.

Para su concesión, Hacienda puede exigir un aval bancario, una garantía hipotecaria cuyo importe supere los 30.000 euros o, en su defecto, un seguro de caución. Para importes inferiores a 18.000 euros no será necesario este aval ni garantía.

Plazos, costes y consecuencias

La propuesta de calendario puede ser aprobada o denegada. Si se desestima, habrá que plantear un calendario alternativo.

Si no se cumplen los pagos acordados, puede iniciarse el procedimiento de apremio, que incluye la opción de ejecutar embargos con un recargo de entre el 20 % y el 35 %.

El coste del aplazamiento incluye el interés legal del dinero del año en curso. Si la moratoria se solicita sin garantías, se aplica el interés de demora, que asciende al 5 % sobre el total de la deuda aplazada.


Alternativa: préstamo para saldar la deuda

Además del aplazamiento, conviene valorar la opción de un préstamo rápido para saldar la deuda de forma urgente. Este tipo de productos se obtienen en cuestión de minutos mediante la cumplimentación de un formulario sencillo, lo que puede ser útil cuando el tiempo juega en contra.


Conclusión

Consultar tus deudas con Hacienda, regularizarlas y obtener el certificado de estar al corriente es un paso clave para recuperar tu solvencia financiera. Si necesitas liquidez inmediata para hacerlo, en CreditsFast puedes comparar las condiciones de distintos productos financieros y elegir el que mejor se adapte a tu situación.

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